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Las nuevas normas aduaneras, aprobadas en Cuba, afectan a las empresas (estatales y privadas) y a los viajeros internacionales.
Nuevas normas aduaneras en Cuba
El gobierno comunica que hay 7 nuevas normas aduaneras:
1. Elimina pago de impuestos para algunas mercancías
Los productos que sean importados (por empresas privadas y estatales) con la finalidad de pasar un proceso productivo que les permita ser exportados no tendrán que pagar impuestos.
2. Dinero en efectivo
Los viajeros podrán entrar y salir del país con 5000 pesos cubanos o 5000 MLC, en efectivo. Si quieren viajar con más de 5000 CUP deben solicitar un permiso al banco.
3. Importación o exportación temporal de bienes
Tampoco deben pagar impuestos aquellas mercancías que salen y regresan al país para una actividad concreta como:
- Materiales profesionales
- Herramientas de montaje y comprobación.
- También, herramientas para reparación de máquinas
- Equipos específicos con fines científicos
- Instrumentos y equipos empleados por artistas, conferencistas, deportistas.
Se especifica que los bienes no puede sufrir ningún cambio (descomposición o consumo) y no deben ser efectos personales.
4. Importación de motores marinos
Las personas naturales (cubanas y extranjeras que sean residentes permanentes en el país) podrán importar, sin carácter comercial, motores marinos que no excedan los diez caballos de fuerza. Se debe tener el permiso de importación emitido por la Capitanía de Puerto.
5. Importación de productos médicos
Los viajeros pueden importar preparados farmacéuticos que contengan sustancias fiscalizadas para el tratamiento médico prescrito.
Además, los viajeros pueden importar su tratamiento médico, de hasta 30 días, con la autorización correspondiente:
- Estupefacientes: Morfina, Petidina, Hicrocodona, Fentanilo, Matedona, Codeina, Detropropoxifeno, Acetildihidrocodeina, Codeina, Dihidrocodeina, Etilmorfina.
- Psicotropicos: Metiffenidato, Buprenorfina, Flunitrazepam, Alprazolam, Clobazam, Clonazepam, Clordiazepóxido, Diazepam, Fenobarbital, Nitrazepam, Zolpidem.
Algunos medicamentos no necesitan autorización, hasta 100 tabletas y tres frascos o tubos:
- En primer lugar, Amitriptilina
- Carbamazepina
- Además, Desipramina
- Flufenazina
- Homatropina colirio
- También, Imipramina
- Levomepromazina
- Lidocaína (crema, jalea o spray)
- Tioridazina
- Por último, Trifluoperazina
6. Exportación de tabaco torcido
Se liberan todas las exportaciones de tabaco, en todas las marcas y vitolas de tabacos mecanizados con carácter no comercial, para las siguientes cantidades:
- 20 unidades de tabaco torcido sueltas, sin necesidad de factura.
- 50 unidades en envases originales cerrados, sellados y con el holograma oficial
Además, se podrán exportar más de 50 unidades de tabaco, presentando la factura de venta oficial expedida por la red de tiendas autorizadas a comercializar tabacos torcidos cubanos.
Está prohibida la exportación de cualquier otro tipo de insumo utilizado en la industria tabacalera.
7. Importación y exportación de bienes culturales
No se necesita permiso de exportación para la pintura de aficionados, así como otros bienes culturales con menos de 50 años de antigüedad.
Para la exportación o importación bienes culturales del patrimonio cultural de la nación o regulado por el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural se debe solicitar el certificado de exportación o importación.
Se define bienes culturales a las artes plásticas y decorativas, material arqueológico, instrumentos y objetos utilitarios, filatelia, vitolfilia, numismática, libros y documentos.
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