martes, mayo 14, 2024
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Aprueban matrimonio igualitario en Cuba en un referéndum

Cuba legaliza el matrimonio igualitario, las adopciones igualitarias y la subrogación de vientres, en un nuevo código de familias.

Cuba legaliza el matrimonio igualitario, las adopciones igualitarias y la subrogación de vientres, en un nuevo código de familias.

Cuba forma parte de los países latinoamericanos que han legalizado el matrimonio igualitario como lo son Mexico, Colombia, Costa Rica, Brasil, Ecuador, Bolivia, Chile, Uruguay y Argentina.

El nuevo código de familias ha sido aprobado con el 66 % de 6.251.786 votos y sustituirá la ley de 1975.

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Legalizan matrimonio igualitario en Cuba

Este nuevo código de familias intenta proteger los derechos civiles de la comunidad homosexual, discriminada en Cuba.

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En el pasado, los homosexuales han sido enviados a campos de trabajos forzosos llamados UMAP (Unidades Militares de Apoyo a la Producción) para rehabilitarse.

De esta manera, se define matrimonio como la unión «entre dos personas», lo que posibilita que se puedan casar y adoptar hijos dos personas del mismo género:

«El matrimonio es la unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, con el fin de hacer vida en común, sobre la base del afecto, el amor y el respeto mutuos. Constituye una de las formas de organización de las familias y se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, deberes y capacidad legal de los cónyuges. El matrimonio solo produce efectos legales cuando se formaliza ante el funcionario competente».

También, permite reconocer legalmente a varios padres y madres, además de los biológicos, así como la gestación subrogada, sin fines de lucro.

Asimismo, la nueva legislación penaliza a los agresores domésticos en aspectos como la custodia de sus niños, reparto de bienes o herencia.

Además, protege la comunicación entre los menores y sus abuelos en caso de divorcio, e incorpora legalmente a madrastras y padrastros como tutores. El Estado reconoce la importancia de abuelas, abuelos, otros parientes y personas afectivamente cercanas en las labores de cuidado.

Adicionalmente, permite a los padres elegir el orden de los apellidos de sus hijos y amplía la protección de adultos mayores o discapacitados.

Por otro lado, permite que los abuelos adquieran responsabilidad parental y los padres podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos.

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